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Gestión de Obras Públicas

GESTIÓN DE SISTEMAS DE RIEGO Y DRENAJE

Responsable: DIRECTOR DE OBRAS PÚBLICAS

Elaborar estudios y justificativos técnicos de los proyectos de infraestructura civil de la Institución; ejecutar y supervisar la ejecución de las obras civiles de la entidad y elaborar la programación de proyectos institucionales en coordinación con la Secretaría de Desarrollo Provincial; e, implantar y mantener un sistema de control, que permita verificar la eficacia, oportunidad y confiabilidad del proceso constructivo de las obras que se hallan en ejecución, por administración directa, por contratos y por convenios.

  1. Elaborar el Plan Operativo Anual (POA) y el Plan Anual de Adquisiciones (PAC), de su área y entregarlo con la oportunidad requerida a la Secretaría de Desarrollo Provincial, para que sea incluido en el presupuesto del año inmediato siguiente al ejercicio económico del GAD Provincial; incluido los respectivos anexos de adquisiciones por campos o cuatrimestres
  2. Ejecutar todas las obras de infraestructura física que el GAD Provincial planifique en los ámbitos de sus competencias por administración directa.
  3. Coordinar con otras dependencias ejecutoras de proyectos, lo relacionado al componente físico.
  4. Participar en las inspecciones técnicas a los sectores de la Provincia que han realizado solicitudes para ejecución de obras.
  5. Administrar los Talleres Múltiples de la Entidad
  6. Construir y ejecutar Planes de Vivienda Rurales
  7. Contribuir con el desarrollo y fomento comunitario, a fin de cubrir necesidades básicas del sector rural con la participación de las organizaciones comunitarias.
  8. Efectuar los informes de la evaluación de necesidades de cada sector, en base a las inspecciones.
  9. Analizar y ejecutar los reajustes de precios que surgen como necesarios en la realización de los contratos de obras.
  10. Supervisar la ejecución de las obras de infraestructura civil contratadas.
  11. Participar directamente en la entrega-recepción provisional y definitiva de obras.
  12. Elaborar planos estructurales, planímetros y estudios topográficos de los proyectos planificados por la Institución.
  13. Realizar inspecciones técnicas a los proyectos o sitios de en los que se proyectan ejecutar obras institucionales a fin de emitir criterios técnicos sobre su viabilidad de ejecución.
  14. Ejecutar, mantener y controlar las obras de infraestructura vial que el GAD Provincial decida realizar, en su programación a mediano y largo plazo.
  15. Planificar, diseñar, programar la construcción de infraestructura comunitaria y proyectos de acuerdo con los Planes provinciales.
  16. Elaborar estudios técnicos relacionados con los procesos contractuales tales como: Propuestas de trabajo, licitaciones, cotizaciones, informa cuantía o concursos de ofertas, que promueva el GAD Provincial.
  17. Designar al profesional responsable de la Fiscalización de las Obras que ejecuta la entidad sea por administración directa, contrato o convenio.
  18. Realizar la apertura, mantenimiento y cierre de libro de obra.
  19. Monitorear y controlar cada una de las obras, a fin de que se ejecuten acorde con las especificaciones técnicas, cronogramas, planes y condiciones que consten en las cláusulas contractuales y a lo programado por las unidades administrativas y técnicas respectivas.
  20. Aprobar el pago de planillas de avance de obra y de liquidación acorde con los términos del contrato y constatación del avance de obra.
  21. Coordinar con el contratista de la obra el avance del proyecto y presentación de justificativos.
  22. De ser debidamente justificado solicitar la aprobación de obras complementarias, adicionales o de variación de los rubros del contrato, siempre y cuando existan los correspondientes justificativos técnicos.
  23. Elaborar los informes técnicos de Fiscalización sobre avances de los proyectos y en caso de incumplimiento o retraso en la ejecución de la obra, aplicarlas sanciones respectivas al contratista conforme al contrato o convenio y previo informe legal, cuando fuere necesario, encaminados a la buena ejecución de las obras y cumplimiento del contrato.
  24. En caso de haber divergencias, solicitar a la Asesoría Jurídica y a quien fuere necesario, sus criterios jurídicos y/o técnicos a fin de asegurar el avance de la obra, esto en caso de que exista diferencia de criterios técnicos entre lo planificado por el GAD Provincial y el Contratista.
  25. Verificar la apertura, mantenimiento y retroalimentación permanente del “Libro de Obra”
  26. Informar a las Direcciones de Asesoría Jurídica y Financiero, sobre la recepción de obras para la devolución o ejecución de garantías.
  27. Elaborar y tramitar las actas de entrega recepción provisional y definitiva de contratos.
  28. Vigilar que de manera oportuna, se den soluciones técnicas a problemas surgidos durante la ejecución de la obra.
  29. Resolver oportunamente errores y/u omisiones de los diseños, así como imprevisiones técnicas que requieran de acciones correctivas inmediatas de las situaciones que lo necesitaren.
  30. Establecer un sistema de control en obra, con el fin de garantizar la buena calidad de los materiales empleados.
  31. Obtener información de los proyectos sobre: personal, materiales, equipos, condiciones climáticas, tiempo de trabajo, etc.
  32. Emitir informes y reportes periódicos a Planificación sobre el avance de los proyectos y/o actividades del área para fines de monitoreo y evaluación respectiva.
  33. Mantener una base de datos completa y actualizada de las obras que se Fiscalizan, con datos del objeto de la obra, contratista, número de contrato, monto, fecha de inicio, avance, cambios, fecha de terminación, plazo, pagos, observaciones, etc.
  34. Informar a Coordinación General y/o Prefectura sobre el avance de las obras, sobre el avance de obras y problemas surgidos en la ejecución del proyecto.
  35. Realizar la fiscalización a través del organismo correspondiente a los contratistas de las obras o proyectos en estudios o construcción, cuando éstas se realicen bajo la modalidad de contratación pública, por financiamiento de cualquier organismo nacional o internacional, o mediante convenios.
  36. Cumplir otras tareas relacionadas con su función asignadas por el Prefecto.